Juan Martín Jorge: Proyecto de Ley Limitación de gastos en entidades públicas en régimen de Monopolio

Los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados, las Personas Públicas No Estatales, las Sociedades de Economía Mixta y las Sociedades Comerciales con participación estatal, de carácter industrial o comercial que presten servicios en régimen de monopolio, no podrán realizar gastos en publicidad, promoción o comunicación pública, salvo los vinculados a bienes o servicios que presten en régimen de competencia, y aquellos estrictamente necesarios para comunicar hechos que requieran difusión pública en salvaguarda del interés general, o sean indispensables para el correcto desenvolvimiento de los servicios a su cargo.